Si usted tiene en mente hacer una consulta relacionada con el Espectro Radioeléctrico a la Superintendencia de Telecomunicaciones, le sugerimos previo a ello, consultar si la pregunta que hará se encuentra dentro de nuestra lista de preguntas frecuentes.
# | PREGUNTA | RESPUESTA |
1 | Cómo puedo saber qué frecuencia utilizar para explotar un servicio de radiocomunicaciones? | Para saber en qué parte del espectro radioeléctrico es posible explotar un determinado servicio de radiocomunicaciones, se debe consultar la Tabla Nacional de Atribución de Frecuencias. Los diferentes volúmenes que integran esta tabla, pueden descargarse en el siguiente enlace: https://sit.gob.gt/gerencia-de-frecuencias/frecuencias/tabla-nacional-de-atribucion-de-frecuencias |
2 | Cuál es el costo de una frecuencia? | En Guatemala los derechos de explotación de rangos de frecuencia en bandas reguladas se otorgan por medio del proceso de subasta pública, por lo tanto, el costo final de una frecuencia lo define el mercado por medio de los participantes en la subasta. |
3 | Cuál es el estándar de televisión digital adoptado en Guatemala? | El estándar para el despliegue de televisión digital que se adoptó en Guatemala es el conocido como ISDB-Tb (Japonés – brasileño). |
4 | Cuál es el procedimiento para obtener una frecuencia para canal de TV VHF o UHF? | No. El procedimiento para adquirir en usufructo una frecuencia radioeléctrica para operar un canal de TV ya sea en la banda VHF o UHF, es el que se describe en el artículo 61 de la Ley General de Telecomunicaciones. Los datos técnicos se proveen por medio de las formas SIT-RF1 que puede obtenerse en oficinas de la SIT o en esta página Web. |
5 | Cuál es el procedimiento para obtener una frecuencia para radio AM o FM? | El procedimiento para adquirir en usufructo una frecuencia radioeléctrica para operar una radio AM o FM, es el que se describe en el artículo 61 de la Ley General de Telecomunicaciones. Los datos técnicos se proveen por medio de las formas SIT-RF1 que puede obtenerse en oficinas de la SIT o en esta página Web. |
6 | Cuál es el proceso para obtener una Nota de dispensación de homologación? | El procedimiento para obtener una Nota de dispensación de homologación se puede encontrar en el siguiente enlace de este sitio Web: https://sit.gob.gt/gerencia-de-frecuencias/mas-informacion/dispensacion-de-homologacion |
7 | Cuáles son las frecuencias de uso libre en Guatemala? | En la Ley General de Telecomunicaciones no se definen bandas de frecuencia de uso libre o no licenciadas como se hace en otros países. En Guatemala, según indica la ley de la materia, toda frecuencia que se use en usufructo debe poseer un título de usufructo. Por lo tanto, no existen frecuencias de “uso libre” en Guatemala. |
8 | Cuando presento mi denuncia de interferencia al MP, que trámite sigue? | Luego de recibir la denuncia, el MP solicita a la SIT ejecute una comprobación técnica de campo. Luego de realizada, la SIT envía un informe técnico al MP el cual forma parte de las investigaciones que éste realiza. |
9 | Es la SIT la encargada de la regulación de instalación de torres de telefonía celular? | No, La SIT únicamente se encarga de autorizar las frecuencias que los operadores de telefonía celular utilizan. La regulación y autorización de instalación de torres de telefonía celular, es responsabilidad de la municipalidad en la jurisdicción donde se construye la torre. En algunos casos, también intervienen en la autorización Aeronáutica Civil y CONAMA. |
10 | Es la SIT la encargada de regular lo concerniente a Radiaciones no Ionizantes? | No, Ese tema aunque relacionado con las frecuencias radioeléctricas, no es objeto de regulación por parte de la SIT. Corresponde al Ministerio de Energía y Minas por medio del departamento de Radiaciones no ionizantes. |
11 | Es la SIT un operador de telecomunicaciones? | No, La Superintendencia de Telecomunicaciones es un ente regulador de las Telecomunicaciones, su función de manera general es regular las telecomunicaciones velando por la correcta aplicación de la Ley General de Telecomunicaciones. |
12 | Existe la Radio comunitaria? | La Ley General de Telecomunicaciones, no define o identifica dentro de su articulado el término “radios comunitarias”. Dentro del marco jurídico citado, se administran las frecuencias radioeléctricas pero no se asocian las mismas con la función que se les pueda dar a nivel de explotación. Por lo tanto, ante la SIT no puede solicitarse la autorización de una “radio comunitaria”. |
13 | Existe prohibición actualmente para el uso de alguna frecuencia? | Si, Algunos rangos de frecuencia están actualmente vedados para la presentación de solicitudes de usufructo de frecuencias. Tales suspensiones son temporales y están asociadas a estudios de la banda en cuestión para adaptación a cambios tecnológicos que persiguen un aprovechamiento eficiente del espectro. Para ver cuáles rangos de frecuencia están vedados, consultar en este sitio Web. |
14 | Puede una persona individual o jurídica fuera del ámbito de radioaficionado usar bandas para radioaficionados? | No, Estas bandas están definidas para uso exclusivo de quienes tienen la catalogación de radioaficionados, por lo que no pueden ser explotadas por alguien que no cumpla esa calidad. |
15 | Puede una persona individual o jurídica fuera del ámbito gubernamental usar bandas reservadas? | No, Estas bandas están definidas para uso exclusivo de organismos o entidades estatales, por lo que no pueden ser explotadas por alguien fuera de ese ámbito. |
16 | Puedo utilizar sistemas WiFi en interiores sin notificarlo a la SIT? | Los sistemas WiFi que operan en frecuencias y con potencias menores o iguales a las indicadas en la Tabla Nacional de Atribución de Frecuencias, que se utilizan principalmente en ambientes interiores, no es necesario notificarlos a la SIT, estos sistemas además no podrán reclamar protección en caso sufran de interferencia radioeléctrica. |
17 | Qué debo hacer si alquilo una frecuencia y tengo interferencia en ella? | Para la SIT el único responsable por el uso de la frecuencia es la persona individual o jurídica indicada en el título de usufructo. Por lo tanto si se arrienda una frecuencia y se sufre interferencia en ella, el arrendatario debe abocarse al propietario de la frecuencia para que éste siga lo prescrito en el artículo 53 o presente su denuncia al Ministerio Público. |
18 | Que debo hacer si deseo instalar una estación terrena? | Para la explotación de sistemas asociados a satélites, es necesario consultar los detalles en el reglamento para la explotación de sistemas satelitales en Guatemala. Acuerdo Gubernativo 574-98, el cual puede ser descargado de este sitio Web. |
19 | Qué debo hacer si quiero poner una radio por Internet | La regulación del contenido del Internet no es materia de responsabilidad de la SIT. El colocar una radio en Internet no necesita realizar ningún trámite ante la SIT. |
20 | Qué procedimiento debo seguir si tengo interferencia en la frecuencia indicada en el TUF? | Debe seguir el procedimiento estipulado en el artículo 53 de la Ley General de Telecomunicaciones o bien presentar la denuncia del caso ante el Ministerio Público. |
21 | Se necesita homologación de equipo a ser importado al país? | La Ley General de Telecomunicaciones no incluye el tema dentro de su articulado, por lo que no existe una obligación expresa para realizar la homologación de equipo previo a ingresar al país. En el caso que se desee una nota de la SIT indicando tal extremo, se debe solicitar por medio de carta de consulta a la cual se le adjuntan las especificaciones técnicas de equipo del que se tiene interés en comercializar en el país. |
22 | Son las bandas 2.4 y 5.8 GHz libres en Guatemala? | No. Esas frecuencias pertenecen a las llamadas Bandas Reguladas; por lo tanto, para utilizarlas en ambientes exteriores o áreas geográficas extensas, es necesario poseer un título de usufructo. |